DELEGACION DE ATRIBUCIONES




Promulgación: 04/12/1991
Publicación: 30/01/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

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   Sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo anterior, el Poder
Ejecutivo podrá avocar las atribuciones delegadas, como asimismo el
Ministro delegado someterlas a consideración de ese Poder. 
Referencias al numeral
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