CESION DE ACCIONES DE RADIODIFUSION. MINBLON S.A.




Promulgación: 19/10/2015
Publicación: 26/10/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: las actuaciones que tratan de la gestión de cesión de acciones de "MINBLON S.A.", permisionaria de la frecuencia 89.5 MHz CX 208 de la localidad de Portezuelo, Departamento de Maldonado, del Sr. Juan Alcides Curbelo del Bosco a favor del Sr. Damián BURGUEÑO LABADIA.

   RESULTANDO: que por Resolución del Poder Ejecutivo 1139/005 de 7 de octubre de 2005, la titular de la autorización de operación de la frecuencia 89.5 MHz CX 208 de Portezuelo, Maldonado es "MINBLON S.A.", integrada únicamente por el Sr. Juan Alcides Curbelo Del Bosco.

   CONSIDERANDO: I) que por negocio jurídico de fecha 2 de setiembre de 2014 fueron transferidas la totalidad de las acciones de la citada sociedad a favor del Sr. Damián Juan BURGUEÑO LABADÍA;

   II) que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 4° del Decreto 45/015 de 2 de febrero de 2015 se deberá dar por válido en el caso, el negocio jurídico citado;

   III) que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 5° del citado decreto, resulta convalidado el procedimiento cumplido en estas actuaciones con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 19.307 de 29 de diciembre de 2014;

   IV) que el Sr. Burgueño Labadía ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa aplicable, establecidos por los artículos 104 y 105 de la Ley 19.307 de 29 de diciembre de 2014;

   V) que en la instancia correspondiente, no se dio cumplimento al plazo establecido por el Decreto 186/012 de 2 de junio de 2012, corresponde aplicar la correspondiente sanción de multa por un monto de treinta Unidades Reajustables (30 UR);

   VI) que se ha acreditado estar al día con las obligaciones tributarias ante la Dirección General Impositiva y el Banco de Previsión Social;

   VII) que de acuerdo a lo informado por la Gerencia de Administración y Finanzas de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), las partes cedente y cesionaria no mantienen deudas con la URSEC;

   VIII) que la estación emisora se encuentra con emisiones regulares;

   IX) que se otorgó la correspondiente vista preceptiva que establece el Decreto 500/991 de 26 de setiembre de 1991.

   ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001, Ley 19.307 de 29 de diciembre de 2014, Decreto 45/015 de 2 de febrero de 2015, y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, por la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual y por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Energía.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorizar la cesión de la totalidad de las acciones de "MINBLON S.A.", permisionaria de la frecuencia 89.5 MHz CX 208 de la localidad de Portezuelo, Departamento de Maldonado, a favor del Sr. Damián BURGUEÑO LABADÍA.

   TABARÉ VÁZQUEZ - CAROLINA COSSE
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