APROBACION DE RESOLUCION DE AVIACION CIVIL 284/2011. DINACIA. AUTORIZACION A TRANSPORTADORES AEREOS




Promulgación: 08/03/2012
Publicación: 23/03/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 356
VISTO: la gestión promovida por el Comando General de la Fuerza Aérea -
Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica por la
cual solicita se apruebe la Resolución de dicha Dirección Nacional
284/2011 de 21 de junio de 2011.

RESULTANDO: que por la mencionada Resolución se autorizó provisoriamente a
la Empresa de bandera colombiana TAMPA CARGO S.A., a operar servicios de
transporte aéreo público regular y no regular internacional de correo y
carga en la ruta Colombia - Montevideo en ejercicio de tercera y cuarta
libertad del aire.

CONSIDERANDO: I) que la Empresa solicitante ha dado cumplimiento a los
requisitos previstos por el Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977.

II) que la Resolución a aprobar fue dictada al amparo de lo dispuesto por
el artículo 15 bis del Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977.

III) que se recabó la intervención de la Junta Nacional de Aeronáutica
Civil al amparo de lo establecido por el literal c) del artículo 3ro. del
Decreto 267/006 de 9 de agosto de 2006, según consta a fojas 12 del
expediente administrativo del Ministerio de Defensa Nacional 2011.07008-9.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando
General de la Fuerza Aérea con el asesoramiento de la Junta Nacional de
Aeronáutica Civil y por el Departamento Jurídico-Notarial, Sección
Jurídica del Ministerio de Defensa Nacional.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Aprobar la Resolución de la Dirección Nacional de Aviación Civil e
Infraestructura Aeronáutica 284/2011 de 21 de junio de 2011 (*), dictada en los términos del artículo 15 bis del Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977 por la que se autorizó provisoriamente a la Empresa de bandera colombiana TAMPA CARGO S.A., a operar servicios de transporte aéreo público regular y no regular internacional de correo y carga, en la ruta Colombia - Montevideo en ejercicio de tercera y cuarta libertad del aire.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

JOSÉ MUJICA - ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO - FERNANDO LORENZO - ENRIQUE PINTADO
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