Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: El planteo efectuado por los trabajadores de la firma UNION STAR
S.A. (Zona Franca Nueva Palmira - Colonia) solicitando la extensión del
Seguro por Desempleo para 15 (quince) de sus trabajadores.
RESULTANDO: I) Que la citada empresa se vio obligada a enviar al Seguro
por Desempleo a su personal.
II) Que factores coyunturales adversos, ajenos a su gestión, que han
afectado a la generalidad de la Industria del Caucho, determinan que la
empresa se vea imposibilitada a reintegrar en forma inmediata a dichos
trabajadores.
CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº
15.180.
II) Que resulta de interés general mantener esta importante fuente de
trabajo y producción, en virtud de que la no concesión de dicho beneficio
determinará un importante e irreparable problema social.
III) Que resulta conveniente conceder una prórroga del amparo al Seguro
por Desempleo a efectos de facilitar a la empresa seguir instrumentando
las medidas tendientes a su reactivación, en virtud de la trascendencia
que dicha firma tiene para el departamento de Colonia, especialmente para
Nueva Palmira y zonas aledañas.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo estatuído por el Decreto
Ley 15.180 de 20 de agosto de 1981.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Extiéndese por el plazo de 60 (sesenta) días y a partir de los
respectivos vencimientos, el amparo de los beneficios del Seguro por
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 15 (quince)
trabajadores de la empresa UNION STAR S.A. (Zona Franca Nueva Palmira -
Colonia) que estuvieren en condiciones legales de acceder al mismo.