CONVOCATORIA A EMPRESAS CONTRIBUYENTES DEL B.P.S. PARA DESIGNAR REPRESENTANTE




Promulgación: 22/08/1995
Publicación: 05/09/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
    Visto: que se ha producido la vacancia definitiva del cargo
correspondiente al representante de las empresas contribuyentes en el
Directorio del Banco de Previsión Social, por fallecimiento de su titular;

    Resultando: que el mismo había sido designado por Resolución del Poder
Ejecutivo de fecha 6 de octubre de 1992, de conformidad a lo dispuesto en
el artículo 32 de la Ley Nº 16.241 de 9 de enero de 1992;

    Considerando: I) que de acuerdo a lo establecido en las Disposiciones
Transitorias y Especiales de la Constitución de la República letra "M" y
artículo 7º literal B de la Ley Nº 15.800 de 17 de enero de 1986, el
Directorio del Banco de Previsión Social estará integrado - entre otros -
por un miembro electo por las empresas contribuyentes;

    II) que el artículo 1º de la Ley Nº 16.241 de 9 de enero de 1992,
establece que la elección de los representantes de los afiliados activos,
afiliados pasivos y de las empresas contribuyentes en el Directorio del
Banco de Previsión Social se efectuará, en día domingo, en el mes de marzo
del segundo año siguiente al de la celebración de las elecciones
nacionales;

   III) que asimismo, el artículo 32 del texto referido, estableció en
forma transitoria, que los representantes de los afiliados activos y de
las empresas contribuyentes serán designados, a lso efectos de la primera
integración del Directorio, por el Poder Ejecutivo, de ternas presentadas
por las organizaciones que los nuclean con personeía jurídica o con
personería jurídica en trámite a la fecha de promulgación de la ley
citada;

    IV) que de los artículos 24 y 33 de la Ley referida surge que los
miembros electos por cada orden se integrarán simultáneamente al
Directorio del Banco de Previsión Social;

     V) que, en consecuencia, de lo expuesto surge que el propósito de la
Ley mencionada fue el de conformar la integración del Directorio de forma
tal que exixtan en el mismo representantes de los afiliados activos,
pasivos y de las empresas contribuyentes, de manera de no alterar el
equilibrio que debe existir en los intereses que cada orden representa;

    VI) que en consecuencia y si bien no se ha previsto expresamente la
situación planteada, se entiende que es de aplicación al caso, lo
preceptuado en el artículo 32 de la citada Ley Nº 16.24 en tanto refiere a
la designación de los representantes de los afiliados activos y de las
empresas contribuyentes en forma transitoria, previa a la elección
prevista en el artículo 1º del precitado texto legal;

    VII) que en razón de lo expuesto corresponde convocar a las
organizaciones con personería jurídica que nuclean a las empresas
contribuyentes del Banco de Previsión Social para presentar ternas de
candidatos a los efectos de que el Poder Ejecutivo proceda a la
designación de su representante;

     Atento: a lo expuesto;

     El Presidente de la República

                           RESUELVE:

1

    Convócase a las organizaciones con personería jurídica que nuclean a
las empresas contribuyentes del Banco de Previsión Social, para que en un
plazo de quince días, presenten al Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social sus ternas de candidatos titulares y suplentes a efectos de que el
Poder Ejecutivo proceda a la designación de su representante en dicha
Institución. 

2

    En el caso de no presentación de ternas por dichas organizaciones,
dentro del plazo referido en el numeral primero de esta Resolución, el
Poder Ejecutivo prescindirá de sus candidatos para la designación
respectiva. 

3

    Comuníquese, etc.

SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
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