CESION DE ACCIONES DE LAS EMISORAS RADIO SARANDI, RADIO SARANDI SPORT, RADIO DISNEY, RADIO INTEGRACION AMERICANA. SARANDI COMUNICACIONES S.A.




Promulgación: 03/11/2008
Publicación: 19/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 2261
VISTO: las presentes actuaciones provenientes de la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones (URSEC), que dan cuenta de la gestión
promovida por Sarandí Comunicaciones S.A. para que se autorice la
transferencia de la totalidad de sus acciones a favor del Sr. Fernando
Gabriel Coelho Cortegoso.

RESULTANDO: que por Resolución del Poder Ejecutivo No. 574/000 de 29 de
mayo de 2000, se autorizó la transferencia de la titularidad de las
emisoras CX 8 "Radio Sarandí", CX 18 "Radio Sarandí Sport", CXD- 220
"Radio Disney" y CXA-61 "Radio Integración Americana" que operan en las
frecuencias de 690 KHz, 890 KHz, 91.9 MHz y 6045 KHz (onda corta), de
quien era su titular "Corporación de Publicidad S.A.", a favor de Sarandí
Comunicaciones S.A., integrada por los Sres. Roberto Abel Vivo Chaneton,
Adolfo Marcos Baeza Baque, Félix Leandro Añon Elcarte y Analía Liberman
Gadda.

CONSIDERANDO: I) que por contrato de promesa de compraventa de acciones de
29 de abril de 2008, todos y cada uno de los integrantes de la
permisionaria en sus calidades de accionistas, prometen vender al Sr.
Fernando Gabriel Coelho Cortegoso la totalidad de sus acciones;

II) que el Sr. Fernando Gabriel Coelho Cortegoso ha cumplido oportunamente
con los requisitos personales exigidos por el artículo 8º del Decreto Nº
734/78 de 20 de diciembre de 1978;

III) que se ha acreditado estar al día con los aportes al Banco de
Previsión Social y a la Dirección General Impositiva;

IV) que no existen inconvenientes en autorizar la transferencia
solicitada, habiendo transcurrido el plazo de cinco años desde la
autorización.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por los artículos 70
y siguientes de la Ley Nº 17.296 de 21 de febrero de 2001, el Decreto Ley
Nº 14.670 de 23 de junio de 1977, los Decretos Nº 734/978 de 20 de
diciembre de 1978, Nº 353/006 de 12 de octubre de 2006, Nº 347/992 de 21
de julio de 1992, Nº 125/993 de 12 de marzo de 1993, a lo establecido por
el Decreto Nº 155/005 de 9 de mayo de 2005, y a lo informado por la
Asesoría Letrada de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
(URSEC) y por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y
Minería.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorízase la transferencia de la totalidad de las acciones de Sarandí
Comunicaciones S.A., permisionaria de las emisoras CX 8 "Radio Sarandí",
CX 18 "Radio Sarandí Sport", CX D - 220 "Radio Disney" y CXA-61 "Radio
Integración Americana", que operan en las frecuencias de 690 KHz, 890 KHz,
91.9 MHz y 6045 KHz (Onda Corta) a favor del Sr. Fernando Gabriel Coelho
Cortegoso.

2

 Establécese que se otorga a Sarandí Comunicaciones S.A. un plazo de 90
días corridos para la presentación ante la URSEC, del testimonio del
contrato definitivo de compraventa.

3

 Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección General Impositiva y a la
Unidad Reguladora de Servidos de Comunicaciones (URSEC), a sus efectos.
Cumplido archívese.

TABARE VAZQUEZ - DANIEL MARTINEZ
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