OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. TEMECA S.A.




Promulgación: 06/09/2000
Publicación: 15/09/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud efectuada por la empresa TEMECA S.A. a fin de que se
otorgue una ampliación al beneficio de Seguro por Desempleo, que abona el
Banco de Previsión Social, a 3 (tres) de sus trabajadores.

RESULTANDO: I) Que la Empresa ha debido reducir la producción, ante la
disminución de los pedidos, lo que determinó el envío al Seguro de
Desempleo a parte de sus trabajadores.

II) Que en la actualidad no existe posibilidad de reintegrar a dichos
trabajadores en forma inmediata.

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-Ley Nº
15.180.

II) Que resulta de interés general el mantenimiento de la fuente de
trabajo que proporciona la empresa, considerándose de importancia la
concesión de una ampliación al seguro a efectos del cumplimiento de tal
objetivo.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 RESUELVE

1

 Otórgase por el plazo de 90 (noventa), días a contar desde los
respectivos vencimientos, el amparo del beneficio del Seguro por
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social a 3 (tres) trabajadores
de la firma TEMECA S.A. que se encuentren en condiciones legales de
acceder al mismo.

2

 El monto del subsidio por desempleo que por esta Resolución se otorga,
se calculará de conformidad a lo establecido en el artículo 6º del
Decreto Ley Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981.

3

 COMUNIQUESE, publíquese, etc.

HIERRO LOPEZ - ALVARO ALONSO
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