FIJACION DE LOS HONORARIOS PROFESIONALES A COBRAR POR LA INTERVENCION DE LA ASOCIACION CIVIL "SOCIEDAD URUGUAYA DE CRIADORES DE PERROS OVEJEROS ALEMANES"




Promulgación: 06/02/2020
Publicación: 20/02/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
   VISTO: la Resolución del Ministerio de Educación y Cultura dictada en ejercicio de las atribuciones delegadas N° 91/020 de 23 de enero de 2020;

   RESULTANDO: I) que por dicha Resolución se dispuso la Intervención de la Asociación Civil "Sociedad Uruguaya de Criadores de Perros Ovejeros Alemanes", con sede en el Departamento de Montevideo;

   II) que dicha Intervención fue dispuesta con desplazamiento de autoridades, por el término de hasta 6 (seis) meses, con el cometido de determinar el padrón social, fijar la fecha y organizar el acto eleccionario de autoridades y una vez electas las mismas, convocar a una Asamblea General Extraordinaria a efectos de promover la reforma del Estatuto para viabilizar su funcionamiento institucional;

   III) que por los numerales 2do. y 3ro. de la referida Resolución se designaron como Interventoras a la Doctora María Carolina Mannise López y a la Escribana Adriana Lavecchia López, estableciéndose que los gastos y honorarios que insumiera la referida Intervención serían de cargo de la Asociación Civil "Sociedad Uruguaya de Criadores de Perros Ovejeros Alemanes";

   CONSIDERANDO: que en mérito a las razones invocadas, resulta pertinente fijar los honorarios a cobrar por la Intervención referida;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 15.089 de 12 de diciembre de 1980 y en el apartado n) del numeral 1° de la Resolución del Poder Ejecutivo N° 798/968 de 6 de junio de 1968;

                    LA MINISTRA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
              - en ejercicio de las atribuciones delegadas -

                                RESUELVE:

1

   Fíjanse los honorarios profesionales de la Doctora María Carolina Mannise López y la Escribana Adriana Lavecchia López, a cobrar por la Intervención de la Asociación Civil "Sociedad Uruguaya de Criadores de Perros Ovejeros Alemanes", en la suma equivalente a $ 27.000 (pesos uruguayos veintisiete mil) más I.V.A. por mes para cada una, los que serán de cargo de la Asociación Civil "Sociedad Uruguaya de Criadores de Perros Ovejeros Alemanes".

2

   Comuníquese a las Fiscalías de Gobierno de Primer y Segundo Turno y a la Dirección General de Registros.

3

   Pase a la Dirección de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales a efectos de notificar a las Interventoras.

   MARÍA JULIA MUÑOZ
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