CANCELACION DE AUTORIZACION PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE TRANSMISION DE DATOS MEDIANTE SISTEMA ONMITRACS. OMNISAT S.A.




Promulgación: 29/05/2002
Publicación: 03/06/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 944
VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de 
Servicios de Comunicaciones, da cuenta de la gestión promovida por la 
empresa "OMNISAT S.A.", por la que solicita se deje sin efecto la 
autorización que le fuera otorgada para prestar el servicio de 
transmisión de datos mediante el sistema OMNITRACS.- 

RESULTANDO: que por la Resolución del Poder Ejecutivo 864/000 de 15 de 
agosto de 2000, se autorizó a "OMNISAT S.A.", la prestación del servicio 
de transmisión de datos mediante el sistema OMNITRACS destinado a la 
administración de flotas de transporte vehicular.-

CONSIDERANDO: que no existen inconvenientes en acceder a lo solicitado.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la Ley 17.296 
de fecha 21 de febrero de 2001, a lo informado por la Unidad Reguladora 
de Servicios de Comunicaciones (URSEC) y lo determinado por la Asesoría 
Letrada de la misma.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,                      
                                                                          
                                RESUELVE:                                 

1

 Déjase sin efecto, la autorización otorgada por la Resolución del Poder 
Ejecutivo 864/000 de 15 de agosto de 2000, a "OMNISAT S.A.", para la 
prestación del servicio de transmisión de datos, mediante el sistema 
OMNITRACS destinado a la administración de flotas de transporte 
vehicular.-

2

 Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de 
Comunicaciones, a sus efectos. Cumplido, archívese.-

BATLLE - ROBERTO YAVARONE.


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