VISTO: la solicitud de la firma ERMITAGE HOTEL S.A. que desarrolla
actividades en el área turística, tendiente a obtener la declaratoria
promocional para la actividad que se propone realizar según su proyecto
de inversión y la concesión de diversos beneficios promocionales.
RESULTANDO: I) Que el proyecto presentado tiene como cometido la
realización de obras de remodelación del actual "Hotel Ermitage"
consistentes en: construcción de un centro de convenciones, remodelación
total del salón de fiestas, restaurante y cocina, renovación total de las
instalaciones eléctricas, construcción de un spa y servicio completo de
lavandería, nuevo equipamiento para el lobby, etc.
II) Que la Comisión de Aplicación creada por el artículo 12 de la Ley Nº
16.906 de 7 de enero de 1998, recomienda la declaratorio promocional para
la actividad del proyecto de inversión presentado por ERMITAGE HOTEL S.A.
y propone medidas promocionales.
CONSIDERANDO: I) Que el proyecto presentado por la firma ERMITAGE HOTEL
S.A. de acuerdo con lo informado por el Ministerio de Turismo, es viable
técnica, financiera y económicamente.
ATENTO: A lo recomendado por la Comisión de Aplicación, a lo establecido
por la Ley Nº 16.906 de 7 de enero de 1998 y por el Decreto Nº 124/001 de
5 de abril de 2001.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE
1
Declárase promovido, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1º de la
Ley Nº 16.906 de 7 de enero de 1998 e inciso a. del artículo 1º del
Decreto Nº 124/001 de 5 de abril de 2001, el proyecto de inversión
presentado por la empresa ERMITAGE HOTEL S.A. para la remodelación del
actual "Hotel Ermitage", construído en la calle Juan Benito Blanco 783
del departamento de Montevideo, con una superficie del predio de 799 m2 y
edificada de 5.153 m2, por un monto total de inversión de U$S 2.948.185
(dólares americanos dos millones novecientos cuarenta y ocho mil ciento
ochenta y cinco).