DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. "CLUB SAN JOSE". SAN JOSE




Promulgación: 15/09/2015
Publicación: 30/09/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: La gestión realizada por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, (CPCN), tendiente al reconocimiento de la obra Club San José localizado en la Ciudad de San José como Monumento Histórico. 

   RESULTANDO: Que el Club se ubica sobre la plaza principal de San José, lugar histórico que concentra el poder político y religioso e importantes edificios culturales como el Teatro Macció. También el Club San José, por su escala, sus características espaciales y su calidad material, forma parte de un ambicioso proyecto social de integración cultural. Un artículo periodístico de la época lo destaca en cuanto la inquietud de ciudadanos maragatos "estaban aportando en forma importantísima al vivir social maragato y a la intensificación cultural que se está esbozando en el ambiente local"; en los últimos tiempos la obra es grande: por su contenido más espiritual que materialista ya que la imponencia del edificio no alcanza a ocultar la terminante importancia que tiene el mismo para el desarrollo de la cultura. 

   CONSIDERANDO: I) Que el trabajo realizado en Convenio por CPCN-MEC - IHA, FAC. de ARQ., UDELAR, de la "Identificación y selección de exponentes de la Arquitectura Moderna a ser incorporados en la lista de bienes patrimoniales" es la base conceptual de esta designación. 

   II) Que la fundamentación para la designación del Bien Patrimonial por parte del Dpto. de Arquitectura de la CPCN, que se adjunta, forma parte de esta resolución. 

   III) Que el Club San José fue proyectado por los Arqs. Ildefonso Aroztegui y Daniel Bonti como colaborador, ganadores del Concurso realizado en 1955 para la construcción del Edificio Sede de la Institución. 
   Que el Club San José es, junto a la sucursal 19 de Junio del Banco República, la máxima expresión de la concepción espacial de Aroztegui con un partido arquitectónico fundamentado en la sección del edificio y las conexiones entre los distintos niveles. La estructura, asimismo, consta básicamente de una retícula de pilares que funciona independientemente de las separaciones y articulaciones, puntuando y regulando el espacio. Retoma en este sentido otras propuestas anteriores, haciendo suyos algunos presupuestos del International Style. Además, con la secuencia espacial de los niveles, el Arq. nos propone la versión nacional de la promenade architecturale (paseo arquitectónico) corbusieriana. La obra, en síntesis representa las inquietudes y referencias internacionales de la arquitectura de la mitad del siglo pasado tanto en sus valores formales como culturales. 

   ATENTO: A lo informado por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación en el Exp. No. 2015-11-0008-0210 fundamentando la designación, a lo dispuesto en la Ley 14.040 de 20 de octubre de 1971 y Decreto Reglamentario 536/72 y a lo precedentemente expuesto, 

                    LA MINISTRA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
                  en ejercicio de atribuciones delegadas

                                RESUELVE:

1

   DECLÁRASE Monumento Histórico Nacional la obra "Club San José", padrón 1815, carpeta catastral N° 29 de la Ciudad de San José. 

2

   EL BIEN queda afectado por las servidumbres previstas en el art. 8 de la Ley N° 14.040 de 20 de octubre de 1971 y Decreto N° 536/72. 

3

   COMUNÍQUESE a la Directiva del Club San José, Intendencia de San José, Junta Departamental de San José, Municipio de San José, a la Dirección Nacional de Catastro, a la Dirección de Catastro Departamental de San José y al Registro de Propiedad Inmueble de San José. 

4

   PUBLÍQUESE en el Diario Oficial. 

5

   CUMPLIDO remítanse las actuaciones a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación para su registro y posterior archivo.

   MARÍA JULIA MUÑOZ
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