DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. "COOPERATIVA 25 DE MAYO". 25 DE MAYO. FLORIDA




Promulgación: 15/09/2015
Publicación: 30/09/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: La gestión realizada por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, (CPCN), tendiente al reconocimiento de la obra "Cooperativa 25 de Mayo" localizada en la Villa 25 de Mayo del Departamento de Florida como Monumento Histórico. 

   RESULTANDO: I) Que la obra se inscribe, junto a COSVAM en Salto y Éxodo de Artigas en Fray Bentos, de una de las tres primeras cooperativas de vivienda realizadas en el país, bajo el sistema de ayuda mutua, luego sistematizado en la Ley de Vivienda actualmente vigente. Pero tan importante como el proyecto fueron las gestiones previas necesarias para su construcción. El promotor de la obra fue el Centro Cooperativista Uruguayo, un instituto de asistencia técnica de origen cristiano fundado en 1961. En 1965 el Centro había creado el sector vivienda e inmediatamente comenzaron a funcionar los grupos cooperativos.  

   II) En el caso de "Isla Mala", se trataba de usuarios de origen rural, la mayoría peones tamberos. Las dificultades para conseguir financiamientos llevó al CCU a proponer el sistema de construcción por ayuda mutua precisamente como contraparte, junto con los aportes que pudieran realizar otros organismos, como las intendencias.

   III) La organización de la construcción por el sistema de ayuda mutua fue esencial e incluso su porcentaje en el aporte total supera a otras cooperativas contemporáneas. Por ello su realización fue una contribución fundamental hacia nuevas modalidades de construcción de viviendas adecuadas a las capacidades económicas y a los recursos humanos de buena parte de la población del país.

   IV) En resumen, el valor de este conjunto de viviendas reside en su condición de testimonio de los primeros conjuntos cooperativos del Uruguay, realizado además bajo la modalidad de ayuda mutua, un sistema solidario que ha dado cobijo a decenas de miles de uruguayos de sectores humildes y que sigue vigente hoy día. 

   CONSIDERANDO: I) Que el trabajo realizado en Convenio por CPCN-MEC - IHA, FAC. de ARQ., UDELAR, de la "Identificación y selección de exponentes de la Arquitectura Moderna a ser incorporados en la lista de bienes patrimoniales" es la base conceptual de esta designación. 

   II) Que la fundamentación para la designación del Bien Patrimonial por parte del Dpto de Arquitectura de la CPCN, que se adjunta, forma parte de esta resolución. 

   III) Que el proyecto arquitectónico es de 1966 -previo a la creación de la Ley de Vivienda- y fue realizado por el arquitecto Mario Spallanzani con la colaboración del Ing. Zaffaroni implementando un sistema constructivo novedoso y tradicional. Tecnología artesanal y prefabricación en el sitio, se aunaron para el éxito de la propuesta. La disposición de las viviendas es sumamente original, con un esquema radial que da como resultado terrenos individuales trapezoidales que se ensanchan hacia el fondo. Esto conjugaba la aspiración de los cooperativistas de contar con espacios generosos con un frente compacto que minimizaba el costo de la infraestructura (calles y redes). 

   ATENTO: A lo informado por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación en el Exp. No. 2015-11-0008-0210 fundamentando la designación, a lo dispuesto en la Ley N° 14.040 de 20 de octubre de 1971 y Decreto Reglamentario 536/72 y a lo precedentemente expuesto,  

                    LA MINISTRA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
                  en ejercicio de atribuciones delegadas

                                RESUELVE:

1

   DECLÁRASE Monumento Histórico Nacional la obra "Cooperativa 25 de Mayo" localizada en el Padrón No. 1020, Manzana No. 61 de la localidad de 25 de Mayo en el Dpto. De Florida. 

2

   EL BIEN queda afectado por las servidumbres previstas en el art. 8 de la Ley Nª 14.040 del 20 de octubre de 1971 y Decreto N° 536/72. 

3

   COMUNÍQUESE a la Intendencia de Florida, Junta Departamental de Florida, Municipio de 25 de Mayo, a la Dirección Nacional de Catastro, a la Dirección de Catastro Departamental de Florida y al Registro de Propiedad Inmueble de Florida. 

4

   PUBLÍQUESE en el Diario Oficial. 

5

   CUMPLIDO remítanse las actuaciones a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación para su registro y posterior archivo.

   MARÍA JULIA MUÑOZ
Ayuda