CARNE DEL/DE LA ADOLESCENTE. DISEÑO




Promulgación: 07/09/2009
Publicación: 15/09/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 628
VISTO: el Decreto Nº 295/009 de 22 de junio de 2009;

RESULTANDO: que, a través del mismo se declaró válido en todo el
Territorio Nacional, la expedición del Carné del/de la Adolescente y su
uso obligatorio para los controles en salud de los jóvenes entre los doce
y los diecinueve años de edad;

CONSIDERANDO: I) que, es necesario asignar las tareas de diagramación,
corrección, diseño de su interior y tapa, e impresión del referido Carné y
su sobre;

II) que, la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales
(IMPO), es el Organismo que se encuentra en condiciones técnicas de
hacerse cargo de las tareas referidas;

III) que, dicha actividad se considera de interés público para la
Administración y encuadra dentro de los cometidos de dicha Dirección
Nacional;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, lo dispuesto por el Artículo 341º
de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996 y lo establecido en la Ley Nº
9.202 - Orgánica de Salud Pública - de 12 de enero de 1934;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Encomiéndase las tareas de diagramación, corrección, diseño de su
interior y tapa, e impresión del Carné del/de la Adolescente y su sobre, a
la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales (IMPO).

2

 Comuníquese. Tome nota la Dirección General de la Salud del Ministerio de
Salud Pública.

TABARE VAZQUEZ - MARIA JULIA MUÑOZ - MARIA SIMON
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