DELEGACION AL MINISTRO DE VIVIENDA ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE DE LAS ATRIBUCIONES EN MATERIA DE OTORGAMIENTO DE CONCESIONES O PERMISOS DE USO PRIVATIVO DE AGUAS DE DOMINIO PUBLICO CON DESTINO A RIEGO
El Ministro de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente
remitirá a la Secretaría de la Presidencia de la República, fotocopia de
las resoluciones que se hubieren dictado en el ejercicio de las
atribuciones delegadas o subdelegadas dentro de las 72 (setenta y dos)
horas de adoptadas.