VISTO: la Modificación Parcial de Contrato de Concesión de Obra Pública
suscrito el 29 de octubre de 2009 entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas y la firma GRALADO S.A.
RESULTANDO: I) Que por Contrato de fecha 11 de julio de 1991, la Dirección
Nacional de Transporte acordó con la citada firma el Proyecto,
Construcción, Explotación Mantenimiento en la ciudad de Montevideo, por un
plazo de 20 años, y en Régimen de Concesión de Obra Pública, de la
Terminal de Omnibus de Transporte para líneas internacionales y nacionales
de corta, mediana y larga distancia y los servicios de turismo que dicha
Unidad Ejecutora considere convenientes.
II) Que constituye objeto del citado Contrato, el Proyecto, Construcción,
Explotación y Mantenimiento del Centro Comercial a erigirse en el mismo
predio de la Terminal, en régimen de Usufructo, por un período de 50 años
a partir de la entrega del predio.
III) Que por Contrato de fecha 24 de febrero de 2005 las partes
resolvieron modificar parcialmente el Contrato original en lo que hace al
plazo de Concesión de Obra Pública, pasando el mismo de 20 a 30 años,
manteniéndose inalterado el plazo de usufructo, ut-supra referido, y en
contraprestación GRALADO S.A. operaría una rebaja del "toque de andén".
IV) Que por Contrato de fecha 27 de marzo de 2009 se acordó entre las
partes la ampliación del Area Comercial y del Estacionamiento del Complejo
de Tres Cruces.
V) Que en este nuevo acto se acuerda que GRALADO S.A. construirá áreas de
servicio con destino propio, una ampliación del área lindera al local de
emergencia médica, un área de depósito para el Nuevo Banco Comercial y un
local comercial lindero a la boletería 1, hoy arrendada por una Agencia de
Viajes.
VI) Que como resultado de las diferentes actuaciones llevadas a cabo por
parte de la Administración y la empresa Concesionaria se acordó el pago de
un canon por parte de la firma, el cual surgió del análisis de costos y
beneficios asociados a la propuesta realizada por la concesionaria, de
modo que la misma obtuviera una Tasa Interna de Retorno (TIR) similar a la
rentabilidad media del Complejo Tres Cruces en ese momento, resultando un
monto de USS 11.000 por año a percibir a partir del año 2010 y hasta el
2024 inclusive.
VII) Que la División Servicios Jurídicos (Departamento Notarial) del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, ha tomado intervención en la
formulación del documento de referencia.
ATENTO: a lo establecido en el Pliego de Condiciones de la Licitación N°
32/89 (cláusulas 7 y 12.1), Contrato de Concesión de Obra Pública suscrito
entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y GRALADO S.A. con
fecha 1l de julio de 1991 (cláusulas 2, 15 y 17) y sus modificativos de
fechas 24 de febrero de 1995 y 27 de marzo de 2009.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Apruébase -en todas sus partes- la Modificación Parcial de Contrato de
Concesión de Obra Pública suscrito el 29 de octubre de 2009, entre el
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la firma GRALADO S.A., por el
cual la segunda de las partes nombradas construirá áreas de servicio con
destino propio, una ampliación del área lindera al local de emergencia
médica, un área de depósito para el Nuevo Banco Comercial y un local
comercial lindero a la boletería 1, arrendada por una Agencia de Viajes.
Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central -
Carpeta N° 222.527) y vuelva a la Dirección Nacional de Transporte para
notificación del interesado y demás efectos.