ADJUDICACION DE LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL. TERMINAL GRANELERA EN EL PUERTO DE LA PALOMA




Promulgación: 29/09/2004
Publicación: 16/02/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 853
Referencias a toda la norma
VISTO: Estos antecedentes relacionados con el llamado a Licitación
Pública Internacional N° 25/003 para el "Desarrollo y Explotación de una
Terminal Granelera en el Puerto de La Paloma".

RESULTANDO: I) Que con fecha 1° de marzo de 2004, se realizó la apertura
de ofertas, presentándose una única por parte de la empresa "PUERTO
GRANELES S.A.";

II) La Comisión Asesora de Adjudicaciones designada para este
procedimiento, en informe de fecha 4 de junio de 2004, estimó que la
oferta presentada cumple con los requisitos formales y básicos
establecidos en el Pliego de Condiciones, considerándola válida y en
términos generales aceptable, sin perjuicio de lo cual valoró conveniente
que se entablaran negociaciones con el oferente respecto a determinados
aspectos, conforme a lo dispuesto en el artículo 57 del TOCAF/96;

III) Por Resolución Ministerial de fecha 19 de agosto de 2004, se
autorizó a la Dirección Nacional de Hidrografía a proceder en un todo de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo II.10. del Pliego de Condiciones
Particulares que rige el llamado, el artículo 57 del TOCAF/96 y a lo
aconsejado por la Comisión Asesora;

IV) Con fecha 13 de setiembre de 2004, la Dirección Nacional de
Hidrografía y el oferente "PUERTO GRANELES S.A.", en virtud de las
negociaciones mantenidas, acordaron ciertas condiciones relativas a la
ejecución del proyecto de "Desarrollo y Explotación de una Terminal
Granelera en el Puerto de La Paloma".

CONSIDERANDO: I) Que el Departamento Jurídico Notarial de la Dirección
Nacional de Hidrografía, en informe de 15 de setiembre de 2004, expresó
que desde el punto de vista jurídico, no existen objeciones que formular
a lo actuado.

II) Que la Comisión Asesora de Adjudicaciones referida, según informe de
21 de setiembre de 2004, concluyó que la oferta de "PUERTO GRANELES S.A."
reúne condiciones para resultar adjudicataria.

III) Que en la misma fecha, dicha Sociedad tomó vista del informe
anterior y expresó su conformidad al mismo.

ATENTO: A lo dispuesto por el Decreto-Ley N° 14.859 de 15 de diciembre de
1978 (Código de Aguas), la Ley N° 16.246 de 8 de abril de 1992 y su
decreto reglamentario N° 412/92 de 1° de setiembre de 1992, Decreto N°
223/97 de 27 de junio de 1997 y Decreto N° 90/97 de 18 de marzo de 1997.

                   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Adjudícase -supeditado a la intervención previa del Tribunal de Cuentas
de la República- a la firma "PUERTO GRANELES S.A." el llamado a
Licitación Pública Internacional N° 25/003, convocado para el "Desarrollo
y Explotación de una Terminal Granelera en el Puerto de La Paloma", en un
todo de acuerdo con la oferta presentada y el Acta de fecha 13 de
setiembre de 2004.

2

 Autorízase a la Dirección Nacional de Hidrografía a suscribir con la
firma "PUERTO GRANELES S.A." el correspondiente contrato de concesión,
ad-referéndum de su aprobación por parte del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas.

3

 Comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y vuelva a la precitada
Unidad Ejecutora a sus efectos.

BATLLE - GABRIEL GURMENDEZ
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