DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. MONTEVIDEO




Promulgación: 02/09/1996
Publicación: 20/09/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 655

2

   El bien queda afectado por las siguientes servidumbres: a) prohibición
de realizar cualquier modificación arquitectónica, sin el consentimiento
previo de la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la
Nación, b) prohibición de destinar el Monumento Histórico a usos
incompatibles con las finalidades de la Ley 14.040, c) obligación de
proveer a la conservación del inmueble, d) obligación de permitir las
inspecciones que disponga la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico
y Cultural de la Nación.
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