AUTORIZACION PARA EXPLOTACION DE SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE. SUCESORES DE JOSE MARIA RODRIGUEZ S.R.L.




Promulgación: 04/11/1998
Publicación: 13/11/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 1052
Referencias a toda la norma

2

El referido servicio quedará sometido a las disposiciones vigentes y que
se dicten en el futuro, sobre el transporte nacional de pasajeros por
carretera, debiendo tener sus horarios y frecuencias la previa
autorización de la Dirección Nacional de Transporte. Las referidas
tarifas, incluídas las de protección, de acuerdo con lo expuesto en el
Considerando I) de la presente resolución, deberán ser aprobadas por el
Ministerio de Transporte y Obras Públicas (artículo 5º del Decreto Nº
116/993 de fecha 3 de marzo de 1993).
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