Exonérase en forma total a la empresa S.G.S. (URUGUAY) LIMITADA, de todo
recargo incluso el mínimo, derechos y tasas consulares, Impuesto Aduanero
Unico a la Importación, Tasa de Movilización de Bultos y en general todo
tributo cuya aplicación corresponda en ocasión de la importación del
siguiente equipamiento previsto en el proyecto y declarado no competitivo
de la industria nacional:
* 2 (dos) Analizadores de granos.
* 13 (trece) Juegos de tamiz completos con fondo y tapa.