MODIFICACION DEL NUMERAL 3° DE LA RESOLUCION 272/016 RELATIVA AL CONVENIO DE COOPERACION TECNICA ENTRE LA COMISION ECONOMICA PARA AMERICA LATINA Y EL CARIBE (CEPAL) Y URUGUAY




Promulgación: 25/09/2017
Publicación: 04/10/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 30 de Mayo de 2016 por la cual se aprueba el Convenio de Cooperación Técnica entre la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y el Gobierno de la República Oriental del Uruguay

   RESULTANDO: que el numeral 3°) de la parte resolutiva establece que la erogación se atenderá con cargo al Inciso 05, Unidad Ejecutora 001, Financiación 1.1, Programa 488, Proyecto 0, Objeto del Gasto 581 (transferencias corrientes a Organismos Internacionales).

   CONSIDERANDO: que resulta conveniente realizar un cambio en las fuentes de financiamiento para el año 2017 y siguientes, a fin de realizar un manejo eficiente de los créditos con los que el Ministerio de Economía y Finanzas cuenta.

   ATENTO: a lo expuesto precedentemente, 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   (*)

(*)Notas:
Este numeral dio nueva redacción a: Resolución Nº 272/016 de 30/05/2016 
numeral 3.

2

   Comuníquese y pase a sus efectos a la División Contabilidad y Finanzas, del Ministerio de Economía y Finanzas.

   TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI
Ayuda