El buque queda obligado a operar dentro del sector de las aguas que le
hubiere habilitado la Prefectura Nacional Naval, desde el puerto base de
operaciones de Montevideo y con las limitaciones aplicables de zonas de
operatividad y especies, de acuerdo a su categoría y a su
proyecto:-merluza negra hasta 800 ton./año, salmón de mar, abadejo,
brótola de altura, chernia y cabezón, mediante el empleo de palangres de
fondo y nasas; -centolla y otros crustáceos (en profundidades no
inferiores a 500m), mediante nasas.