AUTORIZACION A MUTUALISTA HOSPITAL EVANGELICO PARA VENDER SERVICIOS A TERCEROS




Promulgación: 03/06/2010
Publicación: 25/06/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 1111
VISTO: la gestión promovida por la Institución de Asistencia Médica
Colectiva, "MUTUALISTA HOSPITAL EVANGÉLICO";

RESULTANDO: I) que por la misma solicita autorización para realizar venta
de servicios a terceros de su Block Quirúrgico;

II) que la Institución se encuentra inscripta en los registros de esta
Secretaría de Estado;

CONSIDERANDO: I) que tal solicitud se encuentra comprendida en la
normativa vigente;

II) que la Dirección General de la Salud y las Divisiones Habilitación
Sanitaria y Economía de la Salud no formulan objeciones al respecto;

III) que el 29 de abril de 2010 la Junta Nacional de Salud resuelve hacer
lugar a la solicitud mencionada;

ATENTO: a lo dispuesto en el Artículo 14° del Decreto-Ley N° 15.181 de 21
de agosto de 1981, Artículo 17° de la Ley N° 18.211 de 5 de diciembre de
2007 y el Texto Ordenado de Delegación de Atribuciones del Poder
Ejecutivo, Resolución N° 13/993 de 12 de enero de 1993, Título XI;

                       EL MINISTRO DE SALUD PUBLICA
                en ejercicio de las atribuciones delegadas

                                RESUELVE:

1

 Autorízase a la Institución de Asistencia Médica Colectiva "MUTUALISTA
HOSPITAL EVANGÉLICO", la venta de Servicios a terceros de su Block
Quirúrgico, sito en la sede sanatorial de Bvar. Batlle y Ordóñez N° 2759,
de esta ciudad, bajo la Dirección Técnica del Dr. Juan Ramón Blanco.

DANIEL OLESKER
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