El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el artículo 9
del decreto ley 14.178 con la redacción dada por el artículo 201 de la ley
15.851 se aplicará a las nuevas integraciones de capital social de la
empresa DUCELIT S.A. hasta un monto en moneda nacional equivalente a U$S
368.000 y siempre que se realicen dentro del plazo de 18 meses a partir
del 30 de junio de 1992, todo de acuerdo a lo dispuesto por el artículo
111 del decreto 840/988 del 14 de diciembre de 1988. (*)