Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: estos antecedentes elevados por el Instituto Nacional de Pesca, a los fines que se expresarán.
Resultando I) Con fecha 15 de marzo de 1990, la firma "Dilond S.A." solicita el correspondiente permiso para ejercer actividades de industrialización y comercialización al por mayor de productos de mar;
II) El Instituto Nacional de Pesca, expresa que se han dado los extremos previstos reglamentariamente para proceder a lo solicitado, debiendo la empresa involucrada cumplir con todas las obligaciones de información que, con fines técnicos, estadísticos o de investigación le fueren requeridos por el Instituto, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el decreto ley 14.484, de 18 de diciembre de 1975.
Considerando: conveniente de acuerdo con los informes favorables vertidos en estos obrados, proveer en forma aconsejada por el Instituto Nacional de Pesca.
Atento: a lo preceptuado por el Art. 22 de la ley 13.833, de 29 de diciembre de 1969, los Arts. 20 y 21 del decreto 711/971 de 21 de octubre de 1971, decreto ley 14.484, de 18 de diciembre de 1975 y resolución 1.715/976, de 3 de diciembre de 1976.
El Ministro d Ganadería, Agricultura y Pesca en ejercicio de las atribuciones delegadas,
RESUELVE:
Otórgase a favor de la firma "Dilond" S.A.", el correspondiente permiso para ejercer actividades de industrialización y comercialización, al por mayor, de productos de la Pesca.
La empresa involucrada deberá cumplir con todas las obligaciones de información que, con fines técnicos, estadísticos o de investigación, le fueren requeridas por el Instituto Nacional de Pesca, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el decreto ley 14.484, de 18 de diciembre de 1975.
La presente autorización es sin perjuicio de las habilitaciones nacionales o municipales que procedan por derecho para el ejercicio de la actividad en cuestión y sujeta a los controles pertinentes.