RADIODIFUSION. AUTORIZACION PARA LA INSTALACION DEL SERVICIO DE RADIOBUSQUEDA DE PERSONAS. ARTIGAS. COLONIA. PAYSANDU. RIO NEGRO. SALTO. SORIANO




Promulgación: 20/10/1998
Publicación: 29/10/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 750
 VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones da cuenta de la solicitud formulada por "TRIGOSUL S.A.",
para que se le autorice a instalar y poner en funcionamiento un servicio
comercial de "Radiobúsqueda de Personas" en los departamentos de Artigas,
Colonia, Paysandú, Río Negro, Salto y Soriano.-

 CONSIDERANDO: que la Dirección Nacional de Comunicaciones no tiene
objeciones que formular al respecto.-

 ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo informado por la Dirección
Nacional de Comunicaciones y por la Asesoría Letrada del Ministerio de
Defensa Nacional y a lo dispuesto por los numerales 1) a 3) del artículo
3ro. y artículo 4to. del Decreto-Ley 15.671 de 8 de noviembre de 1984, en
la redacción sustitutiva dada por los artículos 8vo. y 9no. de la Ley
16.211 de 10 de octubre de 1991 y por los Decretos 148/989 de 11 de abril
de 1989, 68/995 de 14 de febrero de 1995, 313/995 de 15 de agosto de 1995
y 125/993 de 12 de marzo de 1993.-

                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                               RESUELVE:

1

Autorízase a "TRIGOSUL S.A." a instalar y poner en funcionamiento un
servicio comercial de "Radiobúsqueda de Personas" en los departamentos de
Artigas, Colonia, Paysandú, Río Negro, Salto y Soriano.-

2

La Dirección Nacional de Comunicaciones, establecerá las condiciones
técnicas de funcionamiento del equipamiento, incluyendo las frecuencias de
operación, así como también las áreas de servicio.-

3

    Establécese que la presente autorización se otorga bajo el régimen de
libre concurrencia por el término de diez años a partir de la fecha de la
presente Resolución.-

4

    Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de
Comunicaciones a sus efectos. Cumplido, archívese.-

SANGUINETTI - JUAN LUIS STORACE
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