APROBACION DE ACUERDO INTERNACIONAL. CONVENIO RELATIVO AL USO DEL SISTEMA MOVIL TERRESTRE




Promulgación: 28/09/1993
Publicación: 05/10/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1993
  •    Página: 327
 Visto: la solicitud de la Administración Nacional de Telecomunicaciones
(A.N.TEL.) para la aprobación del Convenio celebrado entre la citada
Administración Nacional y la Compañía de Radiocomunicaciones Móviles
S. A. de la República Argentina, relativo a permitir el uso del Sistema
Móvil Terrestre del Uruguay por parte de abonados visitantes
procedentes de Argentina y viceversa.

Resultando: que con fecha 18 de noviembre de 1991, la Administración
Nacional de Telecomunicaciones (A.N.TEL.) suscribió provisoriamente
con la Compañía de Radiocomunicaciones Móviles S. A. el Convenio de
referencia, el que podrá ser ratificado una vez aprobado por el Poder
Ejecutivo.

Considerando: que la suscripción definitiva del Convenio resulta
conveniente para la Administración Nacional de Telecomunicaciones.

Atento: a lo expresado, a lo informado por la Oficina de Planeamiento
y Presupuesto y Dirección Nacional de Comunicaciones sin objeciones
que formular, a lo dispuesto por el artículo 4º, numeral 3º del
decreto ley 14.235, de 25 de julio de 1974 y por el artículo 2º
numeral 10) del decreto 573/990, de 12 de diciembre de 1990,

El Presidente de la República

                             RESUELVE:

1

 Apruébase el Convenio suscrito provisoriamente entre la Administración
Nacional de Telecomunicaciones (A.N.TEL.) y la Compañía de
Radiocomunicaciones Móviles S. A. el día 18 de noviembre de 1991. (*)

(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el 
Diario Oficial correspondiente.

2

 Comuníquese y pase a la Administración Nacional de Telecomunicaciones
(A.N.TEL.) a sus efectos. Cumplido, archívese.

LACALLE HERRERA - DANIEL HUGO MARTINS - JOSE MARIA GAMIO
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