APROBACION DE LA DELIMITACION DEL RECINTO PORTUARIO COMERCIAL Y TURISTICO. PUERTO DEL SAUCE (JUAN LACAZE)




Promulgación: 07/11/2016
Publicación: 14/11/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: estos antecedentes por los que se gestiona la aprobación de la nueva delimitación del recinto portuario -comercial y turístico- del Puerto Sauce (Juan Lacaze). 

   RESULTANDO: I) Que la Administración Nacional de Puertos solicitó que se incorpore al área del recinto portuario del Puerto Sauce (Juan Lacaze) bajo su administración el área al que se hace referencia en el Plano del Ingeniero Agrimensor Fabián Barbato de fecha 14 de mayo de 2015 incluido en el expediente número 2015-10-1-0001281. 

   II) Que la Dirección Nacional de Hidrografía aconseja la modificación del artículo 1° de la Resolución del Poder Ejecutivo N° 919/000 de fecha 30 de agosto de 2000 en la redacción dada por el artículo 1° la Resolución del Poder Ejecutivo N° 241/001 de fecha 6 de marzo de 2001. 

   III) Que asimismo, el Organismo Portuario solicita con fecha 9 de junio de 2015 la aprobación de la delimitación de las nuevas áreas que quedarán bajo su administración, dentro del recinto portuario del citado Puerto. 

   CONSIDERANDO: I) Que la Asesoría Jurídica de la referida Dirección Nacional y el Departamento Asesoría Letrada del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, se expiden sin observaciones indicando que, de conformidad con la normativa vigente en la materia, corresponde que el Poder Ejecutivo apruebe la delimitación del citado recinto. 

   II) Que procede dictar Resolución a fin de obtener un cabal ordenamiento territorial, dominial y jurídico del Puerto de que se trata, atendiendo a las competencias de los Organismos con actuación en el mismo. 

   ATENTO: a lo dispuesto por los artículos 7 y 20 de la Ley N° 16.246 de 8 de abril de 1992 y el artículo 8° del Reglamento de la Ley N° 16.246 de 8 de abril de 1992, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 412/992 de 1° de setiembre de 1992, así como lo establecido en el artículo 7°, numeral 5° del Decreto N° 574/974 de 12 de julio de 1974. 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Apruébase la delimitación del recinto portuario -comercial y turístico-del Puerto Sauce (Juan Lacaze), según los Planos de Mensura del Ingeniero Agrimensor Fabián Barbato de 14 de mayo de 2015 de la Administración Nacional de Puertos y de los Ingenieros Agrimensores Fernando Pérez y Sergio Calfani de julio de 2016 de la Dirección Nacional de Hidrografía, adjuntos en autos -sin perjuicio de las posteriores modificaciones que resulten de la experiencia operativa- de conformidad con el siguiente detalle: El Puerto Sauce se ubica en la 14ª Sección Judicial del departamento de Colonia, ciudad de Juan Lacaze, padrón N° 1120 y áreas sin empadronar, tiene un área total de 40 Hectáreas 3243 metros cuadrados. Comprende dos zonas separadas físicamente, una bajo administración de la Administración Nacional de Puertos (ANP) y otra bajo la administración de la Dirección Nacional de Hidrografía (DNH).
   El área del recinto portuario del Puerto Sauce (Juan Lacaze), bajo la administración de la Administración Nacional de Puertos según el plano del Ingeniero Agrimensor Fabián Barbato de 14 de mayo de 2015 está integrado por un área terrestre de 2 Há 7421 m2 y un área fluvial de 30 Há 5713 m2 lo que hacen un total de 33 Há 3134 m2 cuyo deslinde es el siguiente:
   Al Norte dos tramos rectos de 400.00 m y 576.92 m lindando con el álveo de dominio público del Río de la Plata; al Noroeste un tramo recto de 400.00 m lindando con el álveo de dominio público del Río de la Plata; al Sur tres tramos rectos de 437.73 m, 356.49 m y 198.90 m lindando con el álveo de dominio público del Río de la Plata y seis tramos rectos de 32.78 m, 8.76 m, 5.46 m, 54.77 m, 2.58 m y 145.67 m lindando con el padrón N° 1122; al Noreste dos tramos rectos de 14.59 m y 80.63 m lindando con la Avenida del Puerto y al Norte nueve tramos rectos de 44.67 m, 18.97 m, 17.47 m, 46.97 m, 4.42 m, 84.08 m, 8.57 m, 5.86 m y 37.59 m lindando con la zona terrestre del recinto portuario de la DNH.
   El área del recinto portuario del Puerto Sauce (Juan Lacaze), bajo la administración de la Dirección Nacional de Hidrografía según el plano de los Ingenieros Agrimensores Fernando Pérez y Sergio Calfani de julio de 2016 está integrado por un área terrestre de 8 Há 0178 m2 y un área fluvial de 3 Há 8656 m2 lo que hacen un total de 11 Há 8834 m2 cuyo deslinde es el siguiente:
   Al Noroeste tres tramos rectos de 126.43 m, 141.46 m y 182.53 m, un tramo curvo de 91.04 m y un tramo recto de 43.39 m lindando con el álveo de dominio público del Río de la Plata; al Noreste un tramo recto de 431.06 m y un tramo curvo de 86.46 m lindando con la Rambla General Artigas; al Sureste un tramo recto de 90.00 m, un tramo curvo de 70.20 m lindando con la Rambla General Artigas y un tramo recto de 41.03 m, un tramo curvo de 36.76 m y dos tramos rectos de 46.96 m y 4.42 m lindando con la parte terrestre del Recinto Portuario de la ANP; al Suroeste un tramo recto de 84.08 m lindando con la parte terrestre del Recinto Portuario de la ANP y cuatro tramos rectos 8.57 m, 5.87 m, 37.59 m y 202.19 m lindando con la parte fluvial del Recinto Portuario de la ANP. 

    TABARÉ VÁZQUEZ - VÍCTOR ROSSI
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