DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA. DESIGNACION DE LOS REPRESENTANTES DEL SECTOR PRIVADO




Promulgación: 24/08/2009
Publicación: 09/09/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 520
VISTO: la ley Nº 18.462, de 8 de enero de 2009 y su decreto reglamentario
Nº 328/2009, de 13 de julio de 2009;

RESULTANDO: I) las referidas normas establecen que el Poder Ejecutivo, a
instancias de las respectivas gremiales, designará a los integrantes del
sector privado para la integración del Directorio del Instituto Nacional
de Vitivinicultura;

II) entre los requisitos que deben cumplir las gremiales para que se
consideren habilitadas a proponer a sus representantes, se destacan el ser
de primer grado, poseer carácter nacional, contar por lo menos con dos
años de antigüedad y poseer una representación tal que consista en que el
número de asociados habilitados no sea inferior al cinco por ciento del
padrón correspondiente a cada orden, de acuerdo al registro llevado por el
Instituto Nacional de Vitivinicultura;

III) disponiendo el artículo 3º del referido decreto, que será el propio
Poder Ejecutivo, quien evaluará y aprobará cuáles son las gremiales que
reúnen los requisitos mencionados en el numeral anterior;

IV) ante el correspondiente llamado, las distintas gremiales han propuesto
sus delegados a efectos de la respectiva designación;

V) el Instituto Nacional de Vitivinicultura informó que en función a la
aplicación del cálculo del cinco por ciento del padrón de asociados
habilitados correspondiente a cada orden establecido en el artículo 1º del
decreto Nº 328/2009, estarían en condiciones de proponer a los respectivos
representantes al Directorio: el Centro de Bodegueros del Uruguay, la
Organización Nacional de Vinicultores, la Asociación Nacional de
Bodegueros y el Centro de Viticultores del Uruguay;

CONSIDERANDO: I) que es pertinente entonces, dictar una resolución
evaluando y aprobando aquellas gremiales que reúnan los requisitos antes
referidos, y consecuentemente con ello designar a los representantes
propuestos para integrar el Directorio del Instituto Nacional de
Vitivinicultura, en representación del sector privado;

II) asimismo, corresponde comunicar a aquellas gremiales que no reúnen las
condiciones exigidas por la mencionada normativa, que sus delegados no
serán considerados en esta oportunidad;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Las gremiales que se consideran habilitadas a efectos de proponer al
Poder Ejecutivo sus representantes para el orden privado del Directorio
del Instituto Nacional de Vitivinicultura son: el Centro de Bodegueros del
Uruguay, la Organización Nacional de Vinicultores, la Asociación Nacional
de Bodegueros y el Centro de Viticultores del Uruguay.

2

 Consecuentemente con ello, no serán consideradas con derecho a proponer a
sus representantes las siguientes gremiales:

a.- Centro Regional de Experimentación Agropecuaria de Viticultores (CREA
Viticultores) y el Centro Regional de Experimentación Agropecuaria Ing.
Agr. Luis Fernández (CREA Ing. Agr. Luis Fernández); por no cumplir con el
requisito de poseer una representación tal que consista en que el número
de asociados habilitados no sea inferior al 5% del padrón correspondiente
a cada orden de acuerdo al Registro llevado por el Instituto Nacional de
Vitivinicultura.

b.- Asociación Nacional de Vitivinicultores, ya que de acuerdo a su Acta
de Constitución no cumple con el requisito de dos años de antigüedad.

3

 En función de ello, desígnase como representantes en el Directorio del
Instituto Nacional de Vitivinicultura por el sector privado y en
representación del orden vitivinicultor o bodeguero al Enólogo Atilio
Quercini y al Bodeguero Pedro Sciutto en sus calidades de titulares y el
vitivinicultor Roberto Siri y el Ing. Agr. Manuel Filgueira en sus
calidades de alternos; por el orden viticultor a los viticultores Aramir
Silva y Adrián Suárez como titulares y los viticultores Washington Gaona y
Marcelo Tomassoni como alternos. Los mencionados representantes han
propuesto como quinto integrante al vitivinicultor Gustavo Redín y el
Enólogo Leonardo Montes titular y alterno, respectivamente; los que
también son designados mediante la presente resolución.

4

 Publíquese y comuníquese al Instituto Nacional de Vitivinicultura y a las
gremiales aludidas.

TABARE VAZQUEZ - ERNESTO AGAZZI - ALVARO GARCIA - DANIEL MARTINEZ
Ayuda