AUTORIZACION AL FONDO DE ESTABILIZACION ENERGETICA (FEE) A TRANSFERIR A UTE, LA SUMA QUE SE DETERMINA




Promulgación: 07/11/2016
Publicación: 14/11/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el informe del Fondo de Estabilización Energética (FEE) y el Decreto N° 442/011 de 19 de diciembre de 2011, en la redacción dada por el Decreto N° 305/014 de 22 de octubre de 2014.

   RESULTANDO: I) que por el mismo se aprobó el Reglamento que define los criterios con los cuales se efectuarán los aportes de recursos y el Valor Objetivo de Cobertura del Fondo (VOCF) del FEE, cuya creación fuera dispuesta por el artículo 773 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010.

   II) que con fecha 11 de febrero de 2015 se celebró el contrato de Fideicomiso de Administración del FEE (FA-FEE) a que se refiere en el artículo 6° del Decreto N° 442/011 antes referido, y que fuera aprobado según Resolución del Poder Ejecutivo de 10 de febrero de 2015.

   III) que de acuerdo con el artículo 773 de la Ley N° 18.719 citado, el FEE podrá tener una disponibilidad de hasta 4.000:000.000 UI (cuatro mil millones de unidades indexadas).

   CONSIDERANDO: que, conforme al cambio derivado en la matriz energética, el saldo actual del FEE supera el VOCF para el ejercicio 2016 definido en el informe del FEE.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, y a lo dispuesto por el artículo 773 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010, la Resolución del Poder Ejecutivo de 10 de febrero de 2015, y el artículo 2° del Decreto N° 442/011 de 19 de diciembre de 2011, en la redacción dada por el artículo 1° del Decreto N° 305/014 de 22 de octubre de 2014,
        
                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Encomiéndese al Fondo de Estabilización Energética (FEE) a transferir a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) la suma de U$S 18:000.000 (dieciocho millones de dólares de los Estados Unidos de América).

2

   Comuníquese, publíquese y archívese.

   TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI - CAROLINA COSSE
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