APERTURA DE CONSULADO DE URUGUAY. CIUDAD DE LUANDA. REPUBLICA DE ANGOLA




Promulgación: 19/02/2019
Publicación: 27/02/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
   VISTO: que es de interés de la República contar con una Oficina Consular en la ciudad de Luanda, República de Angola;

   RESULTANDO: que la existencia de la misma habrá de contribuir al apoyo a los ciudadanos uruguayos que se encuentran en esa jurisdicción, así como al afianzamiento de las relaciones comerciales, culturales y turísticas entre ambos países;

   CONSIDERANDO: que esta decisión se enmarca en la necesidad de prestar asistencia a los compatriotas en toda la República de Angola;

   ATENTO: a lo antes expuesto, a lo establecido en el artículo 4° de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de fecha 24 de abril de 1963, y en el artículo 12 de la Ley 19.268 de Organización consular;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Establécese la Sección Consular de la Embajada de la República en la ciudad de Luanda, República de Angola, con jurisdicción sobre todo el territorio de la República de Angola.

2

   Comuníquese, etc.

   TABARÉ VÁZQUEZ - ARIEL BERGAMINO
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