CREACION DE COMISION HONORARIA DE ADMINISTRACION Y EJECUCION DE OBRAS DEL CENTRO DEPARTAMENTAL DE SALUD PUBLICA DE CANELONES




Promulgación: 30/01/1996
Publicación: 16/02/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 322
  Visto: que el Ministerio de Salud Pública se encuentra abocado a la
realización de obras en el  Centro Departamental de Salud Pública de
Canelones;

  Considerando: I) que el artículo 436 de la Ley Nº 16.170 de 28 de
diciembre de 1990, habilita constituir Comisiones Honorarias con el
cometido de administrar y ejecutar Proyectos previstos en el Plan de
Inversiones Públicas, en un todo de acuerdo con las prescripciones del
artículo 589 de la Ley Nº 15.903 de 10 de noviembre de 1987;

II) que la obra a realizar en el citado establecimiento se encuentra
prevista en el Plan de Inversiones Públicas de la mencionada Secretaría de
Estado;

III) que es necesario constituir una Comisión Honoraria la cual se
encargará de la Administración y Ejecución de la obra referida;

IV) que se propone para integrar la misma a ciudadanos de reconocida
solvencia moral y cívica;

  Atento: a lo establecido en el artículo 436 de la Ley Nº 16.170 de 28
de diciembre de 1990, y Decreto Nº 160/991 de 14 de marzo de 1991;

                      El Presidente de la República

                                RESUELVE:

1

   Créase la Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Obras del
Centro Departamental de Salud Pública de Canelones, que tendrá como
cometido la administración y ejecución de las obras previstas en el Plan
de Inversiones Públicas del Inciso 12 -Ministerio de Salud Pública-, la
que estará integrada por las siguientes personas:

  Presidente: doctor LUIS ALBERTO QUILICI, Tesorera: señora MIREYA LEMA,
Secretario: Insp. Mayor RICARDO PERRONE, Vocales: señores MIGUEL A.
VIGNOLA, WALTER ESPIGA y JORGE VARELA.

2

   Comuníquese.

SANGUINETTI - ALFREDO SOLARI
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