AUTORIZACION A CITIBANK N.A. SUCURSAL URUGUAY, LA TRANSFERENCIA DE LA UNIDAD DE NEGOCIOS BANCA CONSUMO EN URUGUAY, AL BANCO ITAU URUGUAY S.A.




Promulgación: 10/12/2013
Publicación: 16/12/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 2182
Referencias a toda la norma
VISTO: la gestión promovida por el CITIBANK N.A. SUCURSAL URUGUAY y el
BANCO ITAU URUGUAY S.A.

RESULTANDO: I) que ambas instituciones solicitaron autorización del Poder
Ejecutivo para que el CITIBANK S.A. SUCURSAL URUGUAY transfiera al BANCO
ITAU URUGUAY S.A., la unidad de negocios de Banca Consumo en nuestro país,
conforme a los términos del Acuerdo de Compra de Patrimonio Bancario y sus
modificaciones, oportunamente presentados en el Banco Central del Uruguay;

II) que respecto del Banco enajenante, se presentaron los recaudos
acreditantes de que el mismo no mantiene adeudos pendientes con la
Dirección General Impositiva, Banco de Previsión Social, Banco de Seguros
del Estado y Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias;

III) que por Resolución del Banco Central del Uruguay D/29/2013, de fecha
20 de noviembre de 2013, se dispuso comunicar al Poder Ejecutivo a través
de este Ministerio, que no existen objeciones que formular a la
transferencia solicitada;

IV) que la Auditoría Interna de la Nación informó no tener observaciones
que formular a la misma;

CONSIDERANDO: que analizada la documentación presentada por las
comparecientes y efectuados los controles de estilo, se concluye que la
transferencia se adecua a la normativa vigente, dispuesta por la ley No.
16.060, de 4 de setiembre de 1989, y  a la normativa específica, artículo
50 de la Ley 14.057, de 3 de febrero de 1972;

ATENTO: a lo informado por el Banco Central del Uruguay, la Auditoría
Interna de la Nación, la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y
Finanzas y a lo antes expuesto:

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Autorizar a CITIBANK N.A., SUCURSAL URUGUAY, a transferir a BANCO ITAU
URUGUAY S.A., la Unidad de Negocios Banca Consumo en la República Oriental
del Uruguay, en los términos expuestos en el Acuerdo de Compra de
Patrimonio Bancario y sus modificaciones, agregados oportunamente.

2

 Comuníquese, notífiquese, expídase testimonio, devuélvase la
documentación que corresponda y archívese.

JOSÉ MUJICA - FERNANDO LORENZO
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