VISTO: Las Resoluciones del Poder Ejecutivo N° 1280 de fecha 7 de agosto
de 1975 y N° 293 de fecha 4 de marzo de 1986, por las cuales se declaró
monumento histórico nacional el Hospital Italiano Humberto I, ubicado en
Bulevar Artigas número 1832 de la ciudad de Montevideo, empadronado con el
número 26.322.
RESULTANDO: I) Que de acuerdo a la información que resulta de la Dirección
Nacional de Catastro, el padrón 26.322 se eliminó del empadronamiento
según expediente 1807/05 de dicha Oficina, surgiendo los padrones 421.676,
solar 5, lote 1 y 421.677, solar 6, lote 2, de acuerdo al plano registrado
con el número 39.201 el 10 de mayo de 2006, del Ingeniero Agrimensor
Enrique Infantozzi.
II) Que es de interés de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación,
mantener la protección patrimonial del edificio correspondiente al
Hospital Italiano Humberto I.
CONSIDERANDO: I) Que la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación
entiende que corresponde mantener la calidad de monumento histórico de los
actuales padrones 421.676 y 421.677, ubicados en la Localidad Catastral
Montevideo, asegurando así la protección de dichos inmuebles, atendiendo a
los nuevos números de padrón asignados.
II) Que la realidad gráfica se debe corresponder con las resoluciones de
afectación vigentes, por lo cual amerita el dictado de una resolución de
declaratoria de monumento histórico nacional referida a los inmuebles,
mencionándolos con la actual numeración de los padrones asignada por la
Dirección Nacional de Catastro.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Comisión del
Patrimonio Cultural de la Nación, a lo establecido en la Ley 14.040 de 20
de octubre de 1971 y su Decreto Reglamentario 536/972 de 1° de agosto de
1972, y Resolución de fecha 1 de junio de 2006.
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
en ejercicio de atribuciones delegadas
RESUELVE:
DECLÁRASE monumento histórico nacional, los padrones 421.676, solar 5,
lote 1 y 421.677, solar 6, lote 2, de acuerdo al plano del Ingeniero
Agrimensor Enrique Infantozzi, registrado con el número 39.201 el 10 de
mayo de 2006, ubicados en Bulevar Artigas número 1632 de la ciudad de
Montevideo, donde se asienta el edificio del Hospital Italiano Humberto I.
LOS INMUEBLES quedarán gravados con las siguientes servidumbres:
A) Prohibición de realizar cualquier modificación arquitectónica que
altere las líneas, el carácter o la finalidad de los edificios.
B) Obligación de proveer a la conservación de los inmuebles y de efectuar
las reparaciones necesarias para ese fin.
C) Obligación de permitir las inspecciones que disponga la Comisión del
Patrimonio Cultural de la Nación, a los fines de comprobar el estado de
conservación de los bienes.
COMUNÍQUESE al Registro de la Propiedad, Sección Inmobiliaria de
Montevideo a los efectos de su inscripción, a la Dirección Nacional de
Catastro, a la Intendencia de Montevideo, a la Junta Departamental de
Montevideo, al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a la
Administración Nacional de Educación Pública, Unidad de Recaudación del
Impuesto de Enseñanza Primaria, y al Hospital Italiano Umberto I.