VISTO: que la Embajada de la República en Italia por su Fax Nº. 717 de
fecha 16/10/97 dirigido al Ministerio de Relaciones Exteriores, eleva la
propuesta de apertura de un Consulado de Distrito de la República en la
ciudad de Génova, República Italiana, a cargo de un Cónsul Honorario;
RESULTANDO: que efectuadas las necesarias diligencias a tal propósito, el
Gobierno de dicho país ha otorgado la respectiva anuencia, conforme a lo
que determina el Art. 4º de la Convención de Viena sobre Relaciones
Consulares de fecha 24/04/63;
CONSIDERANDO: que conviene a los intereses de la República el
establecimiento de un Consulado de Distrito en dicha ciudad;
ATENTO: a lo expuesto y a lo informado por la Dirección General de
Secretaría y la Dirección de Asuntos Consulares del Ministerio de
Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE: