HOMOLOGACION DE CONVENIO COLECTIVO. INCORPORACION AL SEGURO DE ENFERMEDAD CONVENCIONAL S.E.T.S.
Promulgación: 20/06/2001
Publicación: 29/06/2001
Registro Nacional de Leyes y Decretos:
Tomo: 2
Semestre: 1
Año: 2001
Página: 1768
VISTO: La solicitud de aprobación del Convenio celebrado entre la
ASOCIACION ESPAÑOLA PRIMERA DE SOCORROS MUTUOS y su personal de
ENFERMERIA, ADMINISTRACION Y SERVICIOS, en cuanto a la incorporación al
Seguro de Enfermedad de los trabajadores de la Salud y consecuente
desfiliación del Seguro de Enfermedad que administra el Banco de
Previsión Social, presentada el 7 de setiembre de 2000.
RESULTANDO: I) Que surge de estas actuaciones que se adjunta testimonio
notarial del Convenio suscrito entre la Asociación Española Primera de
Socorros Mutuos y el personal de su dependencia de Enfermería,
Administración y Servicios.
II) Que el Seguro de Enfermedad Convencional "Seguro de Enfermedad de los
trabajadores de la Salud" S.E.T.S., es persona jurídica creada de
conformidad con los Artículos 41 y siguientes del Decreto Ley Nº 14.407
de 22 de julio de 1975, reconocida por el Poder Ejecutivo por Resolución
Nº 190/989 de 26 de Abril de 1989.
CONSIDERANDO: Que el Artículo 17 del Decreto Nº 7/976 de 8 de Enero de
1976 reglamentario de la Ley Nº 14.407 de 22 de julio de 1975, establece
que por Resolución superior podrá homologarse el Convenio, que una vez
registrado en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y publicado en
el Diario Oficial adquirirá fuerza obligatoria para la totalidad del
personal involucrado.
ATENTO: A lo expuesto precedentemente y a lo informado por la Asesoría
Jurídica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 29 de setiembre
de 2000.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
HOMOLOGASE el Convenio celebrado entre la ASOCIACION ESPAÑOLA DE
SOCORROS MUTUOS y los integrantes de su personal de Enfermería,
Administración y Servicios, a los efectos de la incorporación al Seguro
de Enfermedad Convencional, S.E.T.S.