DEJA SIN EFECTO INTERVENCION ADMINISTRATIVA DE ASOCIACION CIVIL. CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO 18 DE JULIO. LA CRUZ. FLORIDA




Promulgación: 14/02/2008
Publicación: 28/02/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 277
VISTO: Estos antecedentes relacionados con la asociación civil "CLUB
SOCIAL Y DEPORTIVO 18 DE JULIO", con sede en La Cruz, Departamento de
Florida.

RESULTANDO: Por resolución del Ministerio de Educación y Cultura, dictada
en ejercicio de las atribuciones delegadas (fs. 163) de fecha 9 de
octubre de 2001, la institución de referencia fue intervenida, habiéndose 
dictado las modificativas de fechas 29 de octubre y 27 de noviembre de 
2001 (fs. 168 y 185, respectivamente), intervención que fuera prorrogada 
con fecha 28 de mayo de 2002 (fs. 194).

CONSIDERANDO: I) Si bien la intervención no concluyó en la forma 
prevista, la asociación de autos ha reanudado su actividad y se ha 
organizado por sí misma.

II) El funcionamiento y la actividad que surgen de las inspecciones
realizadas por el Servicio de Asociaciones Civiles y Fundaciones de la
Dirección General de Registros, aún con aspectos formales defectuosos,
ameritan, teniendo en cuenta el medio social en que se encuentra inserta
la institución, dejar sin efecto la intervención dispuesta en su
oportunidad.

ATENTO: A lo dictaminado por la Asesoría Letrada del Servicio de
Asociaciones Civiles y Fundaciones de la Dirección General de Registros,
en aplicación de lo establecido en el Decreto Ley Nº 15.089 de 12 de
diciembre de 1980 y en el numeral 1º apartado n) de la resolución del
Poder Ejecutivo Nº 798/968 de 6 de junio de 1968, reglamentaria del
artículo 168 de la Constitución de la República que permite delegar
atribuciones.

                    EL MINISTRO DE EDUCACION Y CULTURA
                en ejercicio de las atribuciones delegadas

                                RESUELVE:

1

 DEJASE sin efecto la resolución de fecha 9 de octubre de 2001 (fs. 163) 
y las modificativas de 29 de octubre y 27 de noviembre de 2001 (fs. 168 y
185 respectivamente), que refieren a la intervención dispuesta de la
asociación civil "CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO 18 DE JULIO", con sede en La
Cruz, Departamento de Florida, así como la que dispuso la prórroga, con
fecha 28 de mayo de 2002 (fs. 194).

JORGE BROVETTO
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