APERTURA DE CONSULADO DE DISTRITO DE URUGUAY. CIUDAD DE GYUMRI. REPUBLICA DE ARMENIA




Promulgación: 12/08/2020
Publicación: 18/08/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
   VISTO: el informe de fecha 2 de julio de 2019, procedente de la Embajada de la República en la República Islámica de Irán y el informe de 10 de enero de 2020, procedente del Consulado General del Uruguay en Ereván por los cuales se propone la apertura de un Consulado de Distrito en la ciudad de Gyumri, República de Armenia, con jurisdicción sobre la ciudad de Gyumri;

   CONSIDERANDO: que la apertura del mencionado Consulado de Distrito reforzaría aún más las relaciones entre la República y la República de Armenia;

   ATENTO: a lo antes expuesto, a lo establecido en el artículo 4° de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de fecha 24 de abril de 1963, y a lo informado por la Dirección General para Asuntos Políticos y la Dirección de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Establécese el Consulado de Distrito de la República en la ciudad de Gyumri, República de Armenia, con jurisdicción sobre la ciudad de Gyumri.

2

   Comuníquese, etc.

   LACALLE POU LUIS - FRANCISCO BUSTILLO
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