PRORROGA DE PRECIO DE LA LECHE PARA ESTABLECIMIENTOS PRODUCTORES




Promulgación: 31/08/1998
Publicación: 02/09/1998
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   VISTO: el Decreto del Poder Ejecutivo, de 31 de agosto de 1998.-

   RESULTANDO: que por el referido Decreto se mantiene incambiado el
precio al productor, para la leche que se destina al consumo.-

   CONSIDERANDO: que el mencionado Decreto prorroga hasta el 28 de febrero
de 1999 lo dispuesto por el Decreto Nº 50/998, de 27 de febrero de 1998.-

ATENTO: a lo dispuesto por el Artículo 1º del Decreto-Ley Nº 14.791, de 8
de junio de 1978 y a lo establecido en la Resolución del Poder Ejecutivo
Nº 13/993, de 12 de enero de 1993.-

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS, en ejercicio de atribuciones
delegadas,

                               RESUELVE:

1

Prorrógase hasta el 28 de febrero de 1999 lo dispuesto por Decreto de 27
de febrero de 1998, dictada por esta Secretaría de Estado en ejercicio de
atribuciones delegadas.- 
Referencias al numeral

2

Comuníquese, publíquese, etc.

LUIS MOSCA
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