Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: el Decreto del Poder Ejecutivo, de 31 de agosto de 1998.-
RESULTANDO: que por el referido Decreto se mantiene incambiado el
precio al productor, para la leche que se destina al consumo.-
CONSIDERANDO: que el mencionado Decreto prorroga hasta el 28 de febrero
de 1999 lo dispuesto por el Decreto Nº 50/998, de 27 de febrero de 1998.-
ATENTO: a lo dispuesto por el Artículo 1º del Decreto-Ley Nº 14.791, de 8
de junio de 1978 y a lo establecido en la Resolución del Poder Ejecutivo
Nº 13/993, de 12 de enero de 1993.-
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS, en ejercicio de atribuciones
delegadas,
RESUELVE:
Prorrógase hasta el 28 de febrero de 1999 lo dispuesto por Decreto de 27
de febrero de 1998, dictada por esta Secretaría de Estado en ejercicio de
atribuciones delegadas.-