El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el Art. 9º del
decreto ley 14.178, con la redacción dada por el Art. 201 de la ley 15.851
se aplicará a las nuevas integraciones de capital social de la empresa
Frigorífico Frutero S.A. hasta un monto en moneda nacional equivalente a
U$S 1.665.000 y siempre que se realicen dentro del plazo de 18 meses a
partir del 19/5/91, todo de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 111 del
decreto 840 del 14 de diciembre de 1988.