SUSPENSION TRANSITORIA Y TOTAL DE LA RESOLUCION 269/013, RELATIVA A LA REVOCACION DE LICENCIA DE COMUNICACIONES




Promulgación: 10/10/2016
Publicación: 24/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: la Sentencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, Nro. 587 de fecha 23 de octubre de 2014;

   RESULTANDO: I) que FLIMAY S.A. promovió acción de nulidad contra la Resolución Nro. 269/13 dictada por el Poder Ejecutivo con fecha 10 de mayo de 2013;

   II) que a través de la sentencia referida en el visto, se decretó la suspensión transitoria y total del acto impugnado;

   CONSIDERANDO: I) que con fecha 28 de setiembre del corriente, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo intima al Poder Ejecutivo, en un plazo de 10 días, el cumplimiento de la Sentencia antedicha;

   ATENTO: a lo expuesto y lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley N° 15.869 de 22 de junio de 1987;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 RESUELVE

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   Suspéndase transitoria y totalmente la Resolución Nro. 269/13 dictada por el Poder Ejecutivo con fecha 10 de mayo de 2013.

   RAÚL SENDIC - CAROLINA COSSE
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