APROBACION DE RESOLUCION DE AVIACION CIVIL 57/993




Promulgación: 07/09/1993
Publicación: 17/09/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: la resolución 57/993 de fecha 3 de mayo de 1993 de la Dirección
General de Aviación Civil, la cual autorizó temporariamente a la 
Empresa AIR FRANCE a operar sus dos frecuencias semanales de transporte 
de pasajeros, correo y carga con otro equipo en el tramo MONTEVIDEO - 
BUENOS AIRES y a operar una frecuencia semanal de transporte de carga 
pura con equipo BOEING 747 carguero en la ruta MONTEVIDEO - PARIS.-

   Resultando: I) que las solicitudes, responden a una readecuación de 
los servicios de la peticionante y no están previstas en el Acuerdo de 
Transporte Aéreo Comercial inicialada a nivel de las Autoridades Aeronáuticas de ambos países el 11 de octubre de 1979.-

   II) que la Comisión Nacional de Política Aeronáutica en su Sesión 391 
de 28 de abril de 1993, recomendó que en el transcurso del plazo de seis 
meses, contados a partir de la notificación de la autorización 
provisoria, deberían realizarse las gestiones pertinentes para celebrar 
una Reunión de Autoridades Aeronáuticas de ambos Estado, a fin de 
culminar un Acuerdo de Transporte Aéreo que determine las relaciones 
aeronáuticas de los mismos.

   Considerando: que se han dada las condiciones de urgencia previstas 
por el artículo 2 de la Reglamentación aprobada por el Decreto 1124 de 
fecha 14 de junio de 1941.-

   Atento: el artículo 16 del Código Aeronáutico y a lo informado por el 
Comando General de la Fuerza Aérea.-

   El Presidente de la República,

                                 RESUELVE:

1

   Apruébase en los términos del artículo 2do. de la Reglamentación
aprobada por Decreto 1124 de 4 de junio de 1941, la Resolución 57/993 de 
fecha 3 de mayo de 1993 de la Dirección General de Aviación Civil.

2

   Pase a la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica para que en coordinación con el Ministerio de Relaciones 
Exteriores, proceda a realizar las gestiones pertinentes con las 
Autoridades de la República de Francia, en lo atinente a lo establecido 
en el Resultando II) de esta Resolución.

3

   Comuníquese, publíquese y pase a sus efectos al Comando General de la
Fuerza Aérea. Cumplido, archívese.-

LACALLE HERRERA - IGNACIO de POSADAS MONTERO - JUAN CARLOS RAFFO
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