Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud de la empresa FIBRATEX S.A., a fin de que se le
otorgue el beneficio de Seguro por Desempleo, que abona el Banco de
Previsión Social, a 79 (setenta y nueve) de sus trabajadores;
RESULTANDO: Que la caída de la actividad en la empresa, ha determinado el
envío del personal de la misma al Seguro por Desempleo;
CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto Ley Nº
15.180;
II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo al Seguro
por Desempleo a efectos de permitir a la Empresa instrumentar las medidas
necesarias a efectos de mantener la fuente de trabajo a dicho personal;
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Amplíase por el plazo de 90 (noventa) días, el beneficio del Seguro por
Desempleo que concede el Banco de Previsión Social a 79 (setenta y nueve)
de los trabajadores de la firma FIBRATEX S.A. que se encuentran en
condiciones legales de acceder al mismo;
El monto del Subsidio, que por esta Resolución se concede, se liquidará
de conformidad a lo que dispone el artículo 6º del Decreto Ley Nº 15.180,
de 20 de agosto de 1981.