DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. ANZATEX LTDA.




Promulgación: 28/08/1985
Publicación: 12/09/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 242
Visto: la solicitud de la firma Anzatex Ltda., dedicada a la fabricación
de prendas de lana, algodón, poliéster, etc., tendiente a obtener al
amparo del decreto ley 14.178 de Promoción Industrial, del 28 de marzo
de 1974, la declaración de Interés Nacional para la actividad que se
propone realizar según su proyecto de inversión y la concesión de
diversos beneficios promocionales.

Resultando: I) El proyecto presentado se refiere a la instalación de una
nueva línea de producción de prendas de lana, punto jaquard;

II) La Unidad Asesora de Promoción Industrial resolvió propiciar la
declaración de Interés Nacional para la actividad del proyecto de
inversión presentado por Anzatex Ltda. y propone medidas promocionales.

Considerando: que el proyecto presentado por la firma Anzatex Ltda. es
viable técnica, financiera y económicamente y beneficia la economía en
su conjunto en cuanto aumenta la exportación de bienes industrializados
con materia prima nacional y mejora la eficiencia de producción.

Atento: a lo expuesto, lo aconsejado por la Unidad Asesora de Promoción
Industrial, lo establecido por el decreto-ley 14.178 de Promoción
Industrial del 28 de marzo de 1974 y lo dictaminado por la Asesoría
Jurídica del Ministerio de Industria y Energía,

                        El Presidente de la República

                                  RESUELVE:

1

   Declárase de  Interés Nacional la actividad del proyecto de inversión
presentado por Anzatex Ltda., dedicada a la fabricación de prendas de
lana, algodón, poliéster, etc. para la instalación de una línea de
producción de prendas de lana, punto jaquard.

2

   Exonérase en forma total a la empresa Anzatex Ltda., de todo recargo
incluso el mínimo, derechos y tasas consulares, Impuesto Aduanero Unico a
la Importación, Tasa de Movilización de Bultos y en general, todo tributo
cuya aplicación corresponda en ocasión de la importación del siguiente
equipamiento previsto en el proyecto y declarado "no competitivo de la
industria nacional".

- Una (1) tricotosa rectilínea de transferencia jaquard, automática,
  completa con accesorios y repuestos.

3

   El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el artículo 9º
del decreto-ley 14.178 se aplicará a las nuevas integraciones de capital
social de la empresa Anzatex Ltda. hasta un monto en moneda nacional
equivalente a U$S 34.300 y siempre que se realicen dentro del plazo de
18 meses a partir de la presente resolución, todo de acuerdo a lo
dispuesto por el artículo 64 del decreto 663/979 del 19 de noviembre de
1979.

4

  A los efectos del control y seguimiento, la empresa Anzatex  Ltda.
deberá documentar ante el Ministerio de Industria y Energía anualmente y
durante los años 0 a 10 de la puesta en marcha del proyecto, los volúmenes
físicos y en valores monetarios producidos y los vendidos, sin perjuicio
de toda otra información que le sea requerida.

5

   A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales
dispuestos precedentemente, el Ministerio de Industria y Energía, previo
informe de la Unidad Asesora, certificará a los organismos competentes la
pertinencia de los mismos, de acuerdo con su adecuación al proyecto
declarado de Interés Nacional.

6

    Declárase que deberá darse estricto cumplimiento a las normas
vigentes emanadas de las autoridades competentes en la implantación,
ejecución y funcionamiento del presente proyecto. Su incumplimiento podrá,
cuando a ello hubiere mérito, traer aparejado de oficio o a petición de
parte, la revocación de la declaración de Interés Nacional de conformidad
a lo dispuesto en el artículo 13 del decreto ley 14.178 de Promoción
Industrial y demás disposiciones concordantes o que se establezcan.

7

    Comuníquese, etc

SANGUINETTI - CARLOS JOSE PIRAN - ENRIQUE V. IGLESIAS - LUIS MOSCA
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