DECLARACION DE RADICACION DE CAPITALES EXTRANJEROS. SIKA FINANZ A.G.




Promulgación: 28/08/1985
Publicación: 11/09/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 240
Visto: la gestión realizada por SIKA FINANZ A.G., solicitando acogerse al
régimen del decreto-ley de Inversiones Extranjeras 14.179 de 28 de marzo
de 1974, modificativos y concordantes.

Resultando: que dicha empresa compareció ante el Ministerio de Economía y
Finanzas, solicitando amparar al régimen del decreto-ley 14.179,
modificativos y concordantes la inversión ya radicada en la firma uruguaya
SIKA Uruguay S.A.

Considerando: I) Que es competencia del Poder Ejecutivo autorizar la
radicación de capitales extranjeros con arreglo a lo dispuesto por el
decreto ley 14.179 de 28 de marzo de 1974, modificativos y concordantes;

II) Que la Unidad Asesora de Inversiones Extranjeras ha emitido opinión
favorable aconsejando los plazos y demás condiciones que el Poder
Ejecutivo debe establecer para firmar el Contrato de Radicación.

Atento: a lo expresado por la Unidad Asesora de Inversiones Extranjeras y
a lo informado por las Asesorías Económico Financiera y Jurídica del
Ministerio de Economía y Finanzas,

                      El Presidente de la República

                                 RESUELVE:

1

   Declárase como capital extranjero amparado a las normas del decreto ley
14.179 de 28 de marzo de 1974, modificativos y concordantes, la inversión
realizada en el país por la firma SIKA FINANZ A.G. con sede en Suiza,
hecha en la firma SIKA Uruguay S.A. de Montevideo, Uruguay.

SANGUINETTI - RICARDO ZERBINO CAVAJANI
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