Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: estos antecedentes elevados por el Instituto Nacional de Pesca,
a los fines que se expresarán.
Resultando: I) Con fecha 24 de mayo de 1989, la firma UNIKUR S.A., solicitó el correspondiente permiso para ejercer actividades de comercialización al por mayor de productos de la pesca;
II) El Instituto Nacional de Pesca, con fecha 12 de junio de 1989, expresa que se han dado los extremos previstos reglamentariamente para acceder a lo solicitado, debiendo la empresa involucrada cumplir con
todas las obligaciones de información que, con fines técnicos, estadísticos o de investigación le fueran requeridos, por el Instituto,
en ejercicio de las atribuciones conferidas por el decreto-ley 14.484, de
18 de diciembre de 1975.
Considerando: conveniente de acuerdo con los informes favorables vertidos en estos obrados, proceder en la forma solicitada por la firma peticionaria.
Atento: a lo preceptuado por el art. 22 de la ley 13.833, de 29 de diciembre de 1969, los arts. 20 y 21 del decreto 711/971, de fecha 28 de octubre de 1971, el decreto ley 14.484, de 18 de diciembre de 1975 y resolución 1715/976, de 3 de diciembre de 1976,
El Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca, en ejercicio de las atribuciones delegadas
RESUELVE:
1
Otórgase, a favor de la firma "UNIKUR S.A.", el correspondiente
permiso para ejercer actividades de comercialización al por mayor de productos de la pesca.