AUTORIZACION DEL USO DE LAS CADENAS DE TRANSMISION SIMULTANEA A LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA. INFORME A LA POBLACION




Promulgación: 23/02/2018
Publicación: 06/03/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la solicitud planteada por la Presidencia de la República, a los efectos de utilizar la transmisión simultánea prevista en el artículo 94 de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014;

   RESULTANDO: que la referida transmisión se solicita para brindar un informe a la población;

   CONSIDERANDO: que conforme a lo establecido en la norma mencionada en el Visto de la presente Resolución, corresponde al Poder Ejecutivo disponer la precitada transmisión simultánea;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorízase la transmisión simultánea solicitada por la Presidencia de la República, para el día 27 de febrero de 2018, prevista en el artículo 94 de la Ley N° 19.307 de 29 de diciembre de 2014, a los efectos de brindar un informe a la población.

2

   Notifíquese, comuníquese y pase a los efectos pertinentes a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC).

   TABARÉ VÁZQUEZ - GUILLERMO MONCECCHI
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