DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. JHONSON & JHONSON DE URUGUAY S.A.




Promulgación: 02/03/1988
Publicación: 03/05/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1988
  •    Página: 238
Referencias a toda la norma

3

   Otórgase a la firma Johnson y Johnson de Uruguay S.A. la exoneración
prevista en el artículo 1º del decreto ley 15.548 del 17 de mayo de 1984
hasta un monto máximo generador de dicha exoneración, de U$S 250.000 que
deben integrarse antes del 31/12/88. En virtud del artículo 3º del decreto
ley 15.548, la empresa Johnson y Johnson de Uruguay S.A. no gozará del
beneficio de Canalización del Ahorro previsto en el decreto ley 14.178
artículo 9º.

    La empresa Johnson y Johnson de Uruguay S.A. tendrá un plazo máximo
para realizar las modificaciones estatutarias y trámites judiciales que
sean necesarios ampliando el capital autorizado, y emitir las acciones
correspondientes al capital integrado, de acuerdo al inciso 1 del presente
numeral, hasta el día 31/12/89.
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