VISTO: la necesidad de reducir los gastos de funcionamiento de las
Representaciones de la República en el exterior;
CONSIDERANDO: que el cierre temporario de la Embajada del Uruguay en
Nueva Zelandia no impedirá la continuidad de la relación bilateral entre
ambos países, a cuyos efectos se acreditará al actual Embajador de la
República ante Australia, Embajador Dr. Pablo Sader como concurrente ante
Nueva Zelandia;
ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 3º del Decreto 574/974 de fecha 12
de julio de 1974 y por el Decreto 678/978 de 5 de diciembre de 1978 del
Poder Ejecutivo sobre distribución de competencias de los Ministerios y
demás disposiciones posteriores y complementarias,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Cométese al Ministerio de Relaciones Exteriores para adoptar las medidas
administrativas correspondientes para dar cumplimiento a lo dispuesto en
el numeral precedente.