MUSEO HISTORICO GENERAL APARICIO SARAVIA




Promulgación: 04/04/1978
Publicación: 07/06/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Fe de erratas publicada/s: 24/07/1978.
Visto: la resolución del Poder Ejecutivo de 7 de marzo de 1978, por la que
se creó el Museo Histórico "General Aparicio Saravia" y se decretó la
expropiación de la casa de estancia de "El Cordobés" y su entorno en un
área de 30 hectáreas circundantes y los muebles que pertenecieron al
General Saravia que se encuentran en dicho inmueble.

Resultando: que la Comisión creada al efecto solicita se declare la
urgente ocupación de los bienes expropiados y la ampliación a otros
muebles allí existentes.

Considerando: I) Que la resolución de 7 de marzo ppdo., estableció el 10
de setiembre de 1978, aniversario del fallecimiento del General Aparicio
Saravia, como fecha de inauguración del Museo, por lo que corresponde
disponer de los instrumentos jurídicos necesarios para tomar posesión de
los bienes expropiados de inmediato, a efectos de poder realizar en ellos
las numerosas obras de restauración que requieren antes de la fecha
indicada;

II) Que es conveniente, de acuerdo a lo propuesto por la Comisión aludida
ampliar la expropiación a otros bienes muebles para comprender también en
ella a los que se encuentran en las construcciones que forman el casco de
la estancia y en la capilla próxima, que pertenecieron a doña Cándida Díaz
de Saravia, y a su hijo don Mauro Saravia, y que tengan interés histórico.

Atento: a lo dispuesto por el artículo 3º del decreto-ley 10.247 de 15 de
octubre de 1942, ley 10.040 de 20 de octubre de 1971 y resolución del
Poder Ejecutivo 929/977, del 25 de junio de 1977,

El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

Declárase urgente la ocupación de los bienes cuya expropiación se dispuso
por resolución de 7 de marzo ppdo., así como de los que agregan por el
numeral 3º de esta resolución. 

2

Decláranse Monumento Histórico a los bienes muebles que pertenecieron a la
esposa del General Aparicio Saravia y a su hijo don Mauro Saravia, que se
encuentran en las construcciones que forman el casco de la estancia "El
Cordobés" y en la capilla allí construida. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 3.

3

Decrétase, por razones de interés nacional, la expropiación de los muebles
descritos en el numeral 2º de la presente resolución. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 4.

4

Facúltase a la Comisión Honoraria creada por el numeral 4º de la
resolución de 7 de marzo ppdo., a seleccionar los muebles que quedarán
comprendidos en la expropiación dispuesta por el numeral 3º de esta
resolución. 

5

Comuníquese a quienes corresponda, publíquese y cumplido, archívese. 

DANIEL DARRACQ - VALENTIN ARISMENDI
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