DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. PLAZA DE LOS TREINTA Y TRES. SALTO




Promulgación: 11/05/2010
Publicación: 26/05/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 845
VISTO: La gestión efectuada por la Comisión del Patrimonio Cultural de la
Nación, a efectos de declarar Monumento Histórico Nacional la "Plaza de
los Treinta y Tres" de la ciudad de Salto, carpeta 161, sección 1, manzana
423.

RESULTANDO: I) Conforme surge de la exposición de motivos elaborada por la
Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, la "Plaza de los Treinta y
Tres" de la ciudad de Salto, fue realizada con un diseño tradicional de
diagonales con su arbolado, el que fue modificado en la década del 70 a
propuesta del reconocido paisajista uruguayo Leandro Silva Delgado.

II) Los espacios verdes se redujeron, pero se encuentran muy bien
equipados y mantenidos, contando con canteros con rosas así como con
importantes esculturas. En los dos sectores que dan al norte se encuentran
las esculturas de las cuatro estaciones de Mathurin Moreau, las que fueron
colocadas en dicha plaza en el año 1910 y al centro de esa gran explanada
y eje central de la plaza, se ubica la escultura de Kalide: "Alegoría del
Niño y el Cisne".

III) El diseño estuvo a cargo del paisajista Racine, quien retiró los
antiguos paraísos, trazó las diagonales colocando en el centro de la
fuente y en cada uno de los cuatro triángulos una pieza escultórica: las
cuatro estaciones de Mathurin Moreau. El significado de las cuatro damas
no está en su vestimenta sino en lo que portan en sus manos: el fuego
significa el invierno, las flores la primavera, el trigo el verano, y las
frutas el otoño.

IV) La presencia de las esculturas en la "Plaza de los Treinta y Tres" de
la ciudad de Salto, son un elemento caracterizante de la misma así como un
símbolo de la Belle Epoque europea, fenómeno que ocurrió en otras ciudades
latinoamericanas.

CONSIDERANDO: I) Que la Comisión del Patrimonio promueve la declaratoria
con el fin de proteger un testimonio urbano referencial de la ciudad de
Salto, el cual por su diseño y contenido escultórico trasciende a la
comunidad salteña.

II) El Poder Ejecutivo animado del propósito de preservar los bienes
culturales como la "Plaza de los Treinta y Tres" de la ciudad de Salto,
accederá a lo solicitado declarándolo monumento histórico nacional.

ATENTO: A lo expuesto, a lo informado por la Comisión del Patrimonio
Cultural de la Nación, a lo dispuesto en la Ley 14.040 del 20 de octubre
de 1971 y Decreto 536/72.

                    EL MINISTRO DE EDUCACION Y CULTURA
                  en ejercicio de atribuciones delegadas

                                RESUELVE:

1

 DECLARASE Monumento Histórico Nacional, la "Plaza de los Treinta y Tres"
carpeta 161, sección 1, manzana 423 de la ciudad de Salto.

2

 COMUNIQUESE al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a la
Intendencia Municipal de Salto, a la Junta Departamental de Salto, a la
Dirección del Catastro Nacional y a la Dirección del Catastro
Departamental.

3

 PUBLIQUESE en el Diario Oficial.

4

 NOTIFIQUESE a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación,
remitiéndole las actuaciones para su registro y archivo.

RICARDO EHRLICH
Ayuda